El conflicto por la pastera
La Haya avaló a Botnia, pero criticó a Uruguay por violar un tratado
La Corte Internacional dijo que se debería haber informado sobre la instalación de la planta; sin embargo, rechazó el pedido argentino de resarcimiento y de relocalización de la planta, al no comprobarse que contamine ; "Se demostró que teníamos razón", dijo la Presidenta. LA HAYA.- La Argentina obtuvo ayer una victoria moral cuando la Corte de Justicia Internacional (CJI) condenó a Uruguay por "no haber respetado su obligación de informar, negociar y notificar" en el caso Botnia.
Pero no logró satisfacción en ninguna de sus otras reivindicaciones: los jueces no encontraron pruebas suficientes de contaminación ambiental, desestimaron la pretensión argentina de ser indemnizada y se opusieron a un desmantelamiento o deslocalización de la pastera.
"Lo que sucedió demuestra que teníamos razón", dijo ayer en Caracas la presidenta Cristina Kirchner después de entrevistarse con su par venezolano, Hugo Chávez. "No estoy conforme porque hubo conflicto. Me hubiese sentido conforme si todos hubiéramos cumplido con lo que estaba firmado. Me hubiera gustado no tener razón y que esto no hubiera ocurrido", insistió la mandataria.
La sentencia puso punto final a la controversia jurídica originada en la denuncia del gobierno de Néstor Kirchner, en mayo de 2006, contra Uruguay, al que acusó de haber violado el Estatuto del Río Uruguay con la autorización inconsulta de la instalación de la pastera Botnia.
La Corte Internacional sentenció que "la constatación de la violación [de Uruguay] por parte de la Corte" debe constituir "una satisfacción apropiada" para la Argentina.
El gran mensaje subyacente de los jueces fue, sin embargo, que ambos países deben recomenzar a trabajar juntos y, sobre todo, asumir juntos la preservación del río Uruguay.
"El fallo de la Corte ha garantizado el retorno a la cooperación histórica que existió entre nuestros dos países en el cuidado del medio ambiente y específicamente del río Uruguay", declaró la representante legal de la Argentina, embajadora Susana Ruiz Cerutti, inmediatamente después de la lectura de la sentencia.
Por 13 votos contra 1, la Corte afirmó que "la República Oriental del Uruguay no respetó las obligaciones de naturaleza procesal que le incumbían en virtud de los artículos 7 al 12 que regulan el estatus del río Uruguay desde 1975".
Uruguay no consultó a su vecino antes de autorizar el emplazamiento y la construcción de la pastera y la terminal portuaria que, con US$ 1100 millones, constituye la principal inversión extranjera en la historia uruguaya.
El contenido perentorio de esa primera parte del veredicto, leído en medio del silencio casi sepulcral de la austera sala de audiencias de la Corte, sobrecogió al escaso público y los medios de comunicación que asistían a la sesión.
"Uruguay no tenía derecho de autorizar la construcción de la usina ni del puerto", sentenció el vicepresidente de la CJI, el eslovaco Peter Tomka, al término de casi tres horas de lectura de considerandos y decisiones parciales.
Luisa Corradini Enviada especial
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