Preocupaciòn americana
La OEA advierte a la Argentina por la falta de controles anticorrupción
El último informe de la Convención Interamericana contra la Corrupción, que depende del organismo, señala las graves deficiencias del Estado en la lucha contra los negocios ilícitos. Reclama mayor fortalecimiento de los órganos de control. El documento analiza principalmente el desempeño de los principales órganos de control del Estado, como la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA), el Poder Judicial, la Auditoría General de la Nación (AGN), la Sindicatura General de la Nación (Sigen) y la Oficina Anticorrupción (OA).
Allí da cuenta de la falta de avances en la lucha contra la corrupción, y detalla las falencias halladas en esos organismos.
Por ejemplo, advierte sobre las demoras en el nombramiento de jueces y fiscales idóneos en la materia, sobre el incremento en la cantidad de causas que prescriben, muchas veces debido a que otros organismos estatales retacean información; y en la falta de coordinación para investigar casos de corrupción.
Fiscalía de Investigaciones Administrativas:
-Debería sancionarse una ley que precise las facultades investigativas de la FIA. Hoy su accionar se ve obstaculizado "por múltiples y variadas interpretaciones sobre el alcance de sus atribuciones", que le impiden ejercer con eficacia su tarea investigativa.
-Por estas dificultades, disminuyó en forma alarmante la cantidad de expedientes a cargo de la FIA. De 1333 expedientes en 2007 bajó a 801 en 2011.
-Es necesario mejorar la coordinación entre la FIA y los demás actores estatales encargados de investigar hechos de corrupción.
-El Estado debería designar formalmente al jefe de la FIA, cargo que está ocupado de manera interina desde hace tres años. Hay fiscalías vacantes que tampoco se cubren.
Poder Judicial:
-La cantidad de denuncias sobre delitos contra la administración pública que prescribieron es muy superior al número de casos que terminaron por sentencia. En efecto, desde 2007 a 2010 prescribieron 63 casos, y sólo uno tuvo sentencia, que fue absolutoria.
-Existe demora en la designación de jueces federales. El informe receptó las estadísticas de las ONG que señalan que una tercera parte de los jueces son subrogantes y que hay casos de demora de cinco años en designar jueces.
Auditoría General de la Nación:
-Instó al Congreso a "dictar la ley a la que alude el artículo 85 de la Constitución Nacional, relativa a la AGN, de acuerdo con lo previsto en dicho precepto constitucional, que dispone que 'este organismo de asistencia técnica del Congreso, con autonomía funcional, se integrará del modo que establezca la ley que reglamenta su organización y funcionamiento, que deberá ser aprobada por mayoría absoluta de los miembros de cada Cámara".
- Fortalecer, cuando corresponda, la coordinación interinstitucional entre la AGN y otros órganos de control con los que la misma se relaciona en cumplimiento de sus funciones;
- Adoptar las medidas pertinentes para que la AGN tenga una participación más activa en los procesos judiciales en los que se conoce sobre los daños económicos causados al Estado, en lo que atañe a las jurisdicciones y entidades sujetas a la competencia de este órgano
Sindicatura General de la Nación:
- Considerar la posibilidad de adoptar las medidas legales pertinentes para fortalecer las funciones de la SIGEN en relación con las Empresas Estatales y aquellas en las que el Estado Argentino tiene participación accionaria, de tal manera que pueda contar con información sobre la responsabilidad social de las mismas;
- Adoptar las medidas pertinentes para una mayor articulación de funciones entre la SIGEN, la Procuración del Tesoro de la Nación y el Poder Judicial de la Nación, en cuanto se refiere al desarrollo de acciones tendientes al recupero del daño patrimonial causado al Estado;
- Hacer accesibles a través de la página en Internet de la SIGEN los informes de Auditoría; de Control Interno; de Red Federal; de Situación Empresaria; y Especiales, adoptados por la misma en desarrollo de sus funciones.
Oficina Anticorrupción:
- Considerar la posibilidad efectuar un análisis de los artículos del Código Penal que se refieren a la prescripción, a los fines de introducir las adecuaciones pertinentes para evitar su frecuente aplicación como causa de extinción de la acción penal en casos de corrupción;
- Adoptar las medidas pertinentes para garantizarle a la OA contar con los recursos humanos que requiera, en la medida en que se incremente el universo de obligados a presentar Declaración Jurada y aumenten los juicios orales relativos a casos de corrupción;
- Alentar la continuidad del Plan de Fortalecimiento del Régimen de Declaraciones Juradas adoptado por la OA, que prevé la revisión de la normativa y de los procedimientos atinentes a dicho régimen.
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