Palacio Legislativo Libreño

Inician camino hacia el tratamiento de residuos eléctricos y electrónicos

El Concejo Deliberante de Paso de Paso de los Libres sancionó la Ordenanza Nº1.332/18, que establece un conjunto de pautas para la Gestión Sustentable de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) en el territorio de este municipio. Son objetivos de esta ordenanza proteger la salud de la población de los efectos contaminantes que generan los RAEEs y también el ambiente, preservándolo de la contaminación generada por estos residuos.

MEDIANTE ORDENANZA, MARCA LAS PAUTAS
El Concejo de Libres inició el camino hacia el tratamiento de residuos eléctricos y electrónicos

El Concejo Deliberante de Paso de Paso de los Libres sancionó la Ordenanza Nº1.332/18, que establece un conjunto de pautas para la Gestión Sustentable de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) en el territorio de este municipio.

En su sesión número 12, realizada el Miércoles 27 de Junio de 2018, el Cuerpo que preside Carlos Luis Gatti aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Cultura, Educación, Salud Pública, Acción Social, Ecología, Medio Ambiente, MerCoSur, Deporte, Turismo, Prensa y Propaganda, en cuyo seno se elaboró el proyecto a partir de un requerimiento de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Corrientes de una norma que regule el tratamiento sustentable de los RAEEs.

Son objetivos de esta ordenanza proteger la salud de la población de los efectos contaminantes que generan los RAEEs y también el ambiente, preservándolo de la contaminación generada por estos residuos.

Además de promover la reutilización, el reciclado y otras formas de valorización de RAEEs, reducir la disposición final de éstos, mejorar el comportamiento ambiental de todos aquellos que intervienen en el ciclo de vida de los aparatos y sus residuos, y originar acciones para la difusión y educación de la importancia de la gestión sustentable de los RAEEs.

Están comprendidos dentro de las disposiciones de la Ordenanza Nº1.332/18 los RAEEs pertenecientes a las categorías que se detallan a continuación, sin perjuicio de que se encuentren alcanzados por otras normas específicas en materia de gestión de residuos: grandes y pequeños electrodomésticos; equipos de informática y telecomunicaciones; aparatos electrónicos de consumo, de iluminación y de uso médco; juguetes y equipos deportivos o de esparcimiento; instrumentos de vigilancia y control; y máquinas expendedoras.

Quedan excluidos los que tengan relación con la protección de intereses esenciales de la seguridad del Estado, los provenientes de aparatos militares, armas, municiones y material de guerra.

Fundamentos

A la hora de elaborar esta norma, los concejales libreños consideraron que los RAEEs representan un riesgo pues contienen elementos y componentes tóxicos (plomo, cadmio, cromo, arsénico, mercurio, etc.) que, de llegar al ambiente, pueden afectar las napas, las lagunas y otros cursos de agua e impactar negativamente en la salud de la población, de la fauna y de la flora.

Haciendo especial mención, asimismo, de la adhesión de la República Argentina al Convenio de Basilea “De control de los movimientos transfronterizos de los residuos peligrosos y su eliminación”, aprobado a través de la Ley 23.922 de 1991.

Además, tuvieron en cuenta que sobre la base de las ideas expuestas y para una gestión integral y sustentable de los RAEEs demandará, por un lado, una toma de conciencia ciudadana y por el otro, una proyección de largo plazo, que avance de manera gradual hasta alcanzar sus objetivos.

En este sentido, pusieron de relieve que la Ordenanza Nº1.332/18 pretende dar un primer paso y constituirse en una herramienta fundamental para lograrlo.

Definiciones

En el articulado de la ordenanza se pone énfasis en que, a los efectos de su aplicación, es necesario aclarar los siguientes conceptos:

-Aparatos Eléctricos o Electrónicos (AEEs): Aparatos que para funcionar requieren de corriente eléctrica o campos electromagnéticos y los aparatos necesarios para generar, transmitir y medir tales corrientes y campos pertenecientes a las categorías ya indicadas.

-Residuos de aparatos eléctricos o electrónicos (RAEEs): Aparatos eléctricos y electrónicos desechados o a desecharse, sus componentes, subconjuntos y combustibles que forman parte de los mismos, procedente tanto de hogares particulares como de usos profesionales, a partir del momento en que pasan a ser residuos.

-Reutilización: Toda operación que permita extender la vida útil de los AEEs.

-Reciclado: Todo proceso por los que AEEs o sus componentes que de otro modo se convertirían en residuos sólidos o peligrosos son colectados, separados y procesados para ser utilizados en forma de materias primas u otros productos, de acuerdo con los estándares ambientales existentes.

-Valorización: Acción o proceso que permita el aprovechamiento de los RAEEs, así como de los materiales que los conforman, teniendo en cuenta condiciones de protección del medio ambiente y la salud.

-Tratamiento: Toda actividad destinada a la descontaminación, desmontaje, trituración, valorización o preparación para disposición final de los RAEEs, así como cualquier otra operación que se realice con tales fines.

-Disposición final: Toda operación que, sin causar riesgo alguno a la salud humana ni al medio ambiente, sea aplicada a la fracción no aprovechable de los RAEEs.

-Gestión sustentable de los RAEEs: Todas las actividades y los procesos destinados a reducir, recolectar, transportar, dar tratamiento y disponer de modo final los RAEEs, sin causar daño actual, potencial o futuro a la salud humana o al medio ambiente.

Recoleccion selectiva

Otro capítulo de la Ordenanza Nº1.332/18 se refiere a la recolección selectiva de los RAEEs y establece que a partir de su entrada en vigencia se prohíbe el desecho de éstos como residuos sólidos no diferenciados. E indica que el Municipio establecerá los centros de recepción de RAEEs o servicio de recolección diferenciada domiciliaria de ellos, como modo de brindar a los generadores particulares y a las entidades (públicas o privadas) la posibilidad de desechar sus RAEEs en forma diferenciada.

También que la entrega de los RAEEs es sin costo alguno para el último usuario o poseedor y se realiza, según el caso, de la siguiente manera: cuando el usuario o entidad quiera disponer de manera definitiva de sus RAEEs deberá entregarlo en los centros de recepción específicos que el Municipio disponga; los centros de recepción dispondrán de los RAEEs para posteriormente realizar sus traslados al centro de disposición final, que será aquel en el que se los recibirá para los efectos de seleccionar, clasificar y almacenar, con el objetivo de reducir su volumen, minimizar su impacto ambiental, reutilizarlos para beneficio del Estado, reciclar y comerciar sus componentes y materiales.

En este contexto, la ordenanza delega en el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) la responsabilidad, a través del área que corresponda, de la elaboración, planificación, coordinación, ejecución, y seguimiento de las acciones encaminadas al desarrollo de una gestión integral de RAEEs, para lo cual deberá elaborar un Programa de Regulación que contemplará los siguientes aspectos:

-Prevención: Se aplicarán medidas destinadas a reducir la nocividad para el medio ambiente producida por los RAEEs, sus materiales y sustancias.

-Reutilización: Se arbitrarán los medios que permitan destinar los RAEEs al mismo uso para el que fueron concebidos.

-Reciclado: La tarea o producción donde se utilicen materiales de los RAEEs para un nuevo producto.

-Valorización: Llevar adelante acciones que otorguen valor a los RAEEs para cualquier tipo de uso o reutilización permitida por esta la Ordenanza Nº1.332/18.

-Tratamiento: La actividad vinculada a los trabajos tendientes a la preparación y cualquier otra operación que se realice con fines de valorización o inutilización de RAEEs.

-Eliminación: Se implementará la disposición final de los RAEEs, previo tratamiento o proceso que reduzca o anule sus niveles de contaminación.

Educación y difusión

La norma también pone en manos del DEM la elaboración de un Programa Especial de Educación y Concientización de la Población, el cual promoverá la reducción de la generación de los RAEEs y la utilización de productos más duraderos o reutilizables; la separación en origen, reutilización y reciclaje de los RAEEs; la reducción de la disposición final de los RAEEs; y el mejoramiento de la conducta ambiental de los miembros de la sociedad respecto de los RAEEs.

Para ello el DEM desarrollará campañas de difusión, las que deberán ser sostenidas en el tiempo a fin de alentar los cambios de hábitos en los ciudadanos y las empresas de la ciudad, y destacar los beneficios de la separación en origen, de la recolección diferenciada de los RAEEs, del reciclado y de la reutilización de los mismos.


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