Envían proyecto al Congreso

El Gobierno quiere que las jubilaciones no se ajusten por la inflación sino por los salarios y la recaudación

La letra fina fue definida en una reunión entre los principales funcionarios del Gobierno, diputados y senadores del Frente de Todos. Retoma la fórmula usada entre 2009 y 2017. La decisión de presentar el proyecto, como así también la definición de los detalles, se concretó tras una reunión en el Ministerio de Economía entre Martín Guzman y otros funcionarios como el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, y el jefe de la bancada del Frente de Todos, Máximo Kirchner. Además, participaron por el Poder Ejecutivo, el jefe de Gabinete Santiago Cafiero, el ministro de Trabajo Claudio Moroni, la titular de Anses Fernanda Raverta, y la vicejefa de Gabinete Cecilia Todesca.

Por Ismael Bermúdez

09/11/2020 22:49
Clarín.com - Economía -

El Gobierno confirmó que enviará al Congreso Nacional un proyecto para establecer la nueva fórmula de movilidad de las jubilaciones y demás prestaciones sociales que fija aumentos cada 6 meses, en marzo y septiembre, reemplazando a los actuales aumentos trimestrales por decreto.

La propuesta se basa en la fórmula que rigió entre 2009 y 2017. Así se propone volver a los aumentos semestrales combinando por mitades la variación de los salarios (RIPTE) y la recaudación tributaria con destino a la Seguridad Social por beneficiarios.

Ese índice tiene un límite dado por la variación de la Recaudación total del sistema previsional, por beneficiarios incrementada en un 3%.

Un cambio es que para calcular la variación de los salarios se tomará exclusivamente el RIPTE y no el RIPTE o el Índice de salarios del INDEC, “de ambos el mayor”, como fijaba la fórmula de 2009-2017.

La fórmula que impulsa el Gobierno no establece ninguna compensación inicial por la pérdida de los haberes jubilatorios durante 2018 y 2019, y durante 2020 que afectó a las jubilaciones medias y más altas. Y no hay ninguna referencia a la inflación.

Más concretamente el Informe oficial dice que “una fórmula atada a la inflación no es deseable en la Argentina” con el argumento de que en los países en que se aplica “los precios crecen menos que los salarios” y que aquí “el objetivo político es recomponer esos ingresos” (de los jubilados y jubiladas).

Además, sostiene que al aplicar la movilidad cada seis meses “se reduce la indexación de la economía” y “la pérdida de poder adquisitivo ante shocks inflacionarios como los observados en 2018 y 2019”, argumenta el documento oficial.

De aquí se desprende que los haberes previsionales deberían mejorar en los períodos de buena recaudación y salarios superiores a la inflación mientras caerán en los momentos de recesión, mayor inflación y pérdida salarial, sin que exista ningún límite a esa caída.

Al igual como pasó con la fórmula de 2009/2017, según ASAP (Asociación Argentina de Presupuesto), el cálculo de los índices con esa cantidad de variables es más que complejo, casi imposible de verificar incluso entre los especialistas por la falta de acceso en tiempo y forma a todos los componentes de la formula.

Aunque el documento no lo dice, esta fórmula de movilidad no incluiría a las jubilaciones especiales, como docentes y docentes universitarios, que se jubilan con el 82% y se ajustan por la variación salarial del sector.

La movilidad vigente entre 2009 y 2017 fue reemplazada por una fórmula con aumentos trimestrales según la variación de la inflación (70%) y RIPTE (30%) pero se aplicaba con un retraso de 6 meses y en el empalme de ambas fórmulas quedó afuera un período. El resultado fue una pérdida jubilatoria durante 2018 y 2019 del 19,5%.

A su vez, a fin de 2019, se aprobó una ley de Emergencia, anulando los aumentos ya devengados del segundo semestre de ese año (afectación de derechos adquiridos) y el Presidente quedó facultado para dar aumentos por decreto que resultaron inferiores a los devengados por la fórmula anterior. Eso perjudicó a todos los jubilados y pensionados y en especial a los de haberes medianos y más altos.

- Fuente: clarín.com -




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